Ideología del Partido

El Partido cantonal forma parte de movimiento ciudadano

      El Partido Cantonal se plantea su existencia como partido político descentralizador, democrático, ecologista, pacifista y reformista de ámbito nacional; demanda desde su acto fundacional la recuperación de la PROVINCIA DE CARTAGENA eliminada por el absolutismo de Fernando VII al ser Cartagena una de las mas fieles defensoras de la Constitución liberal que aprobaron las Cortes de Cádiz en 1812, admite en su seno afiliados que defiendan los intereses generales de bienestar y desarrollo donde radiquen sus actividades, impulsando el progreso desde la unidad.

      Se encuentra dentro del contexto político de España al objeto de poder optar en el ejercicio de sus facultades en órganos de decisión política a posiciones que determinen posibilidades de actuación ciudadanas legitimadas y eficaces en la defensa de los derechos públicos subjetivos de todos y cada uno de los ciudadanos y de esta manera consecuentemente la defensa sin paliativos ni concesiones de los intereses del municipio; en todo en cuanto le afecte espiritual, administrativa, estructural o económicamente.

      En la defensa de la democracia definida en el orden constitucional vigente y en la consecución mediante la acción política del pluralismo, demandará el Partido Cantonal el bienestar cultural y social, el desarrollo económico de la Comarca de Cartagena y de donde quiera que tenga implantación, por los intereses generales y la realización de cualquier actividad encaminada al logro pacífico y democrático de sus objetivos políticos.

      La descentralización municipal, aproximando la administración al administrado que permita una eficaz ayuda al desenvolvimiento local del ciudadano, con un pleno proteccionismo social, desde la promoción agraria a la prestación pública primaria. Estando en todo lo que redunde en el bien de Cartagena y demandando hasta la saciedad desde cualquier ángulo político la PROVINCIALIDAD DE CARTAGENA.

      El Partido Cantonal es un colectivo de hombres y mujeres que asumen como propios los valores del cartagenerismo democrático, y que se consideran partícipes del esfuerzo histórico en la búsqueda de la libertad, la democracia, la tolerancia en la pluralidad, la paz, la dignidad, la solidaridad y la igualdad entre las personas y los pueblos, huyendo de dogmatismos y recogiendo de las distintas experiencias del movimiento cantonal y del cartagenerismo, y de las corrientes ecopacifistas, igualitarias y humanistas, los elementos básicos para la definición de su estrategia y programa.

      Movimiento Ciudadano de Cartagena, es una organización de naturaleza asociativa política, constituida al amparo de los artículos 22 y 23 de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, reguladora de Partidos Políticos, normativa por la que se regirá, además de por el resto de disposiciones legales vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquélla y otras concordantes. Movimiento Ciudadano es una federación que se constituye mediante la integración de los siguientes Partidos Políticos: Partido Independiente del Mar Menor-Movimiento Independiente Vecinal (PIMM), Partido Cantonal de Cartagena (PCAN), Ciudadanos Por Cartagena. Cualquiera de estos partidos tendrá autonomía de actuación en aquellos temas estrictamente propios de su ámbito, entendiéndose por tales los que determine el Consejo Político de la Federación.

 

EL PARTIDO CANTONAL
OPCIÓN DE ESTADO

por Carlos Romero Galiana 1977

ANTECEDENTE HISTÓRICO.

      El Partido Cantonal tiene sus orígenes en el cantonalismo de 1873, que no es, en absoluto, un movimiento separatista como algunos, mal informados, tratan de presentarlo, sino que nació de una disputa en el seno del Partido Federal, por no cumplirse la Constitución que habían promulgado. Algunas ciudades se alzaron contra el gobierno central, no contra el Estado. Solamente Cartagena resistió durante seis largos meses el asedio de las tropas centralistas, en sacrificio entonces estéril y mal comprendido.


      Durante es tiempo se constituyo en Cartagena un gobierno no de la ciudad, sino de toda España, es decir que no había una idea desintegradora, sino defensora de una constitución que no se cumplía.


      El Partido Cantonal tiene su raíz filosófica en dicho movimiento, nacido del pueblo, pero consciente de que ha transcurrido un siglo desde entonces y hay conceptos que deben ser revisados.


      Desde este antecedente histórico que hace referencia directa al Partido Cantonal y desde cualquier otro más remoto, que sitúa a Cartagena en cabeza de las primeras ciudades, existentes en nuestro país y, por tanto, iniciadora de su historia e incluso de su protohistoria, así como el hecho de haber recibido la primicia del Cristianismo que se extendió por toda la geografía española. Unido a otros muchos datos que podrían ser aportados, tales como haber sido la primera ciudad marítima en levantarse contra el invasor napoleónico, convierten al pueblo de Cartagena en profundamente español y es impensable que cualquier movimiento político iniciado desde nuestro pueblo tenga carácter separatista pues sería ir contra su propia esencia.

REVISIÓN DEL FEDERALISMO.

      Siendo conscientes del siglo transcurrido desde las guerras cantonales y de que la política y la administración deben continuamente adaptarse a los tiempos, el Partido Cantonal revisa el sistema Federal: Por un lado lo consideran muy adecuado para la idiosincrasia del pueblo español, ya que se adapta a las distintas culturas que han ido sucesivamente conformando y enriqueciendo a nuestro pueblo, por otro lado a nuestro pueblo, por otro lado entiende que con el complejísimo aparato de gobierno de requiere hoy día las circunstancias el hecho de crear una serie de gobiernos federales puede deteriorar gravemente la economía de país. Vemos, por otro lado, que los sistemas federales se instituyen en países ricos, tales como Estados Unidos, Alemania Federal, o suiza, pueden serlo en países extremadamente pobres, donde poco importa a la clase gobernante un poco de miseria para el pueblo y son ideales los Estados ya conformados y que pretenden unirse en un Parlamento común, como es el caso de Europa, o lo fue en los ya citados Estados Unidos.


      Nos encontramos, pues, entre el deseo y la necesidad de proteger las diversas culturas españolas, mejorando su administración e independizando los servicios que les son propios y, por otro lado la realidad económica que es insoslayable y que no puede quedar marginada de los planteamientos políticos, salvo que se pretenda un suicidio colectivo.


      El Partido Cantonal, sin tomar, en este aspecto, postura dogmática y admitiendo las formas federales, con reservas, por las particulares circunstancias económicas de nuestro país, busca nuevos cauces más aceptables a nuestra realidad. Y así llega a la Municipalidad.

MUNICIPALIDADES.

      Antonio Maura y otros políticos posteriores preconizaron un sistema en el que los municipios de cierta entidad, representativos de una zona o comarca, fueran la base del sistema, naturalmente con ayuntamientos democráticos, fuerte y bien organizados y dotados, los cuales absorberían los servicios ministeriales que son hoy provinciales, pero ampliando sus facultades.


      Las ventajas de este sistema administrativo de este sistema administrativo son varias: Acercamiento de la administración al administrado, favorece la descentralización administrativa, puesto que serian los ayuntamientos quienes entendieran de los asuntos locales y servirían de nexo de unión con el Estado, enriqueciendo los maltratados municipios en otros tiempos básicos, populares y representativos y hoy desprestigiados es, por otro lado, un sistema administrativo que suprime una buena parte de la burocracia provincial, pro lo que resulta menos costoso.

LAS MANCOMUNIDADES.

      Aparentemente este sistema puede dividir más que unir a las regiones o zonas con una cultura diferente. Nada más lejos de la realidad. El sistema de las municipalidades ofrece la ventaja de la unión libre directa e igualitaria de todos aquellos municipios que se sientan integrados en una cultura común mediante las mancomunidades. Sistema que, a su vez, ofrece unas ventajas sobre los regionalismos: mayor representatividad y menor costo, ya que serían los propios municipios los que integran los órganos representativos mancomunados. Y, sobre todo, seria la forma auténticamente democrática de librarnos de un sistema y de una división administrativa provincial que se creo en el siglo pasado (S. XIX) y que viene siendo la causa de muchos males e injusticias administrativas.


      Del propio sistema y de la intención de justicia administrativa se deduce que las municipalización debe ser previa a la creación de las mancomunidades, puesto que si primero se hace un división administrativa tipo regional y después se va hacia la municipalización, volvemos a caer en los mismos errores administrativos del siglo XIX.

LA FORMA DE ESTADO.

      Al estar estructurada la base, es decir, el ciudadano como elemento básico y la ciudad como agrupación básica de forma que es libre en aquello que le atañe y es solidaria en libertad con las demás. La forma de Estado en su doble vertiente de representación y gobierno puede ser aquella que se adapte al sistema. Es decir, tanto monarquía como república, puesto que una forma de monarquía constitucional, en puridad, ofrece la forma representativa y conciliadora separada de los poderes legislativos, ejecutivos y judicial, mientras que la república absorbe la representación del Estado y la acción conciliadora y esta sujeta a las oscilaciones de la política. En realidad lo importante es que el sistema funcione.

REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA.

      El lógico que en un sistema en el que se tiene como agrupación básica a los municipios, son aquellos de cierta entidad, tanto económica, como representativa de una zona comarcal o aquellos de influencia espiritual o cultural, los que deben aportar una representación parlamentaria. Estos parlamentarios pueden actuar en bloque dentro de una Mancomunidad, o libremente cuando se vean los intereses locales lesionados y no estén en conformidad con la política de la mancomunidad.


      Esta forma permite un juego político parlamentario y de la defensa de intereses locales que no hay por que soslayar, que en unos casos pueden ser intereses bastardos o puramente caciquiles y en otros lógicos de justicia y para ello el Parlamento escucha, juzga y decide, actuando a su vez como moderador.

EL CONGRESO Y EL SENADO.

      La representación en el Congreso de los Diputados debe ser por Partidos Políticos y sus diputados elegidos en las distintas municipalidades. Es decir el Congreso es un órgano legislativo en cuyo seno se desarrolla una política de partido y sus leyes se inclinarán hacia uno u otro lado del espectro político según el pueblo se haya manifestado en las elecciones parlamentarias. Sobre el Congreso no debe ejercer veto o censura el Senado.


      El Senado, a su vez, debe estar formado por representantes nombrados por los Ayuntamientos, no realizándose en el política de Partidos, sino de defensa y representación de los municipios, los cuales, a través de los Ayuntamientos, pueden en cualquier momento destituirlos, si se considera que no actúan en defensa de los intereses generales o municipales.


      A su vez deben velar por que se cumpla la Constitución por parte de todos los organismos e instituciones y por el Rey, en la forma monárquica, o bien por el Jefe del Estado o de Gobierno, a todos los cuales puede destituir, como acción última del control constitucional.

BASES Y FILOSOFÍA POLITICA DEL PARTIDO CANTONAL.

EL PARTIDO CANTONAL DEFIENDE.

EL PARTIDO CANTONAL DESEA.

 

 

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